¿Conoces el Derecho de desistimiento en contratos por internet?
Durante los últimos años, el crecimiento de los negocios a distancia y las ventas e-commerce en España han sufrido un gran aumento.
Esto se debe tanto a la globalización como al incremento de las exportaciones de países que hasta hace poco no tenían un peso comercial relevante como a la pandemia que está atravesando el país en el último año, obligando a los consumidores a realizar sus compras a través de internet.
Todo esto, ha ocasionado en que el usuario adopte nuevas actitudes respecto a las pautas de consumo y, entre ellas, ha depositado una confianza mayor en las transacciones a través de plataformas web.
Pero es cierto, que, aunque las ventas online han aumentado, existen elementos que condicionan al consumidor a realizar este tipo de compras, como la confianza a la web o la seguridad que le transmite o perciben de las garantías que estos negocios le proporcionan como cliente, ya que habitualmente nos preguntamos si este método es igual seguro que el convencional y si ofrece las mismas garantías.
Con respecto a esto, siendo conscientes de la desconfianza que generan estas compras y la incertidumbre que se crea desde el momento en el que efectuamos la compra, realizamos el pago, recibimos el producto y comprobamos si es lo que esperábamos es importante conocer y focalizar nuestra atención en el derecho del consumidor del desistimiento en las compras a distancias.
¿Qué es este derecho de desistimiento?
El derecho de desistimiento es la facultad del consumidor para dar por finalizado un contrato, dentro de un plazo establecido por ley.
Su comunicación en plazo conlleva la devolución del dinero pagado al consumidor y la devolución del producto comprado al empresario o la no prestación del servicio contratado.
Si el establecimiento rechaza la devolución, es importante que el consumidor reclame por daños y perjuicios, además de solicitar en la oficina del consumidor una hoja de reclamaciones, proporcionando con esta el ticket de compra y todos los documentos que apoyen su reclamación.
Respecto a las grandes superficies, la gran mayoría dispone de una política de cambios y devoluciones para que los consumidores puedan disponer de ellas.
En cuanto a las excepciones:
Este derecho, es aplicable a todo tipo de mercancía, exceptuando los productos perecederos que puedan caducar con rapidez.
Aquellos productos que al recibirlos estuvieran precintados, deben devolverse en las mismas condiciones. También, quedan exentos del derecho de desistimiento algunos artículos por motivos de higiene como es el caso de la lencería.
No se aplicará el derecho de desistimiento, sobre aquellos bienes en los que el precio esté sujeto a fluctuaciones del mercado financiero que el empresario no logre controlar y además se produzcan en el periodo de desistimiento.
Finalmente, quedan exentos artículos personalizados o confeccionados expresamente sobre las indicaciones del consumidor.
En lo que respecta al plazo, la ley determina que el consumidor dispone de un plazo mínimo de 14 días naturales para ejercer el derecho de desistimiento. La empresa podría mejorar este plazo y ampliarlo, pero nunca reducirlo.
Y, ¿A partir de qué momento comienza a contar el plazo? La normativa establece que desde el mismo momento de la recepción del artículo sujeto al contrato o en el caso de una prestación de servicio, desde el momento de la celebración del contrato.
Una vez, el usuario informe al empresario sobre su decisión de ejercer el derecho de desistimiento, este dispone de un plazo de 14 días para devolver al cliente la cantidad de dinero pagada.
¿Debe el consumidor cumplir alguna formalidad justificando la razón por la que ejercer el derecho de desistimiento?
En este caso, no es necesario que el consumidor justifique o cumpla ninguna formalidad, tan sólo debe enviar a la empresa el documento de desistimiento o devolver el producto directamente